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Ilustración: Marcos Kazuo

Derecho: La disputa por el sentido de la palabra.
— Nikolái Aleksandr Weinbinder —

A

lgunos juristas creen en la existencia de un mundo jurídico autónomo (independiente de las ciencias sociales) con un sentido propio y pasible de ser interpretado como una totalidad cerrada. Una suerte de legalidad que se eleva por encima de la sociedad y que se organiza coherentemente mediante conceptos sin contradicciones. Ilusiones de objetividad y límpidas estructuras donde gobierna la razón sin pasiones ni intereses de por medio. Categorías inmutables y conclusiones por vía deductiva con un putilloso ejercicio de clasificación y juicios analíticos que se contraponen a la peligrosa irrupción de lo irracional que acarrea valoraciones que generan inseguridad y que deben ser desplazadas a una zona situada al margen del punto de vista jurídico.

En el Civil Law el derecho puede ser objeto de una consideración científica autónoma y es visto como algo de naturaleza “ideal”. El derecho sería la voluntad del Estado expresada en normas generales, cargado de excesivas clasificaciones y razonamientos de tipo deductivo bajo la convicción de coherencia y rigor sistemático del orden jurídico. El anhelo de seguridad se expresa en intentar una separación tajante entre las cuestiones jurídicas y las cuestiones políticas. Aparece el derecho representado como una idealidad abstracta con rigor y ropaje científico rodeado de juristas empuñando las herramientas ineficaces de una disciplina formal que desatiende los problemas reales.

En cambio en el Common Law las decisiones de los jueces tienen un papel preponderante y el derecho es concebido como un medio en constante cambio orientado a lograr fines sociales. Importa la eficacia del derecho y alcanzar los objetivos, hay una manifiesta desconfianza o escepticismo hacia cualquier forma de sistematización y generalizaciones amplias con abultadas clasificaciones. El derecho aparece vinculado a cuestiones políticas e intentan integrarlo a la sociedad para poder dar sentido a los problemas jurídicos en el contexto social sin encerrarse en especulaciones abstractas.

Según Wittgenstein el límite a la expresión de los pensamientos solo puede ser trazado en el lenguaje y la mayor parte de las discusiones en materia filosófica son un sin sentido a las cuales no se puede encontrar respuesta o solución sino que únicamente deberíamos explicitar esa carencia de sentido. La frase más resonante será “los límites de mi lenguaje son los límites de mi mundo”. En relación a esto aparecen mencionados los juegos del lenguaje, la imposibilidad de seguir reglas, las múltiples interpretaciones, las comparaciones, la semejanza y desemejanza, etc.

El signo vive en su uso y el lingüista ruso Voloshinov expresa que donde hay signos hay ideología, dando el ejemplo de como herramientas de trabajo como el martillo y la hoz pueden convertirse en un signo ideológico. Lo mismo puede ocurrir con productos de consumo tales como el pan y el vino, asociados a la eucaristía como símbolos religiosos. A todos los signos se les pueden aplicar diferentes criterios de valoración (justicia, verdad, bien, etc). Esto puede ocurrir ya sea con expresiones artísticas o también sobre la fría letra de las normas del derecho. Lo importante es que los signos surgen en el terreno interindividual de la interacción social y aparece la palabra en todo acto de interpretación y comprensión.

“La palabra es el fenómeno ideológico por excelencia. Toda la realidad de la palabra se disuelve por completo en su función de ser signo. En la palabra se ponen en funcionamiento los innumerables hilos ideológicos que traspasan todas las zonas de la comunicación social”.Voloshinov

Si coincidimos con este autor en que “el signo es la arena de la lucha de clases”, entonces ese signo al ser sustraido de la lucha social pasa a ser una simple alegoría convirtiendose en el objeto de una interpretación filológica alejada del vivo proceso social. Cada grupo social tiene su repertorio de formas discursivas de comunicación con formas de interacción que reaccionan sensiblemente a la atmósfera social.

En otro sentido, en el texto de Ronald Barthes titulado “la muerte del autor” se plantea que cuando un hecho pasa a ser relatado sin más función que el ejercicio del símbolo entonces la voz pierde su origen y el autor muere. La escritura aparece entendida como muerte de la voz y del origen. Utiliza de ejemplos a Baudelaire, Van Gogh y Tchaikovsky para ilustrar el modo en que la ideología capitalista le concede una importancia excesiva a la persona del autor con sus vicios, pasiones y datos biográficos.

Para Mallarmé y Barthes no habla el autor sino el lenguaje. El autor es suprimido en beneficio de la escritura. Se hace mención a la escritura automática de Breton con referencias al surrealismo en su labor para desacralizar la imagen del autor y la subversión de los códigos. Y aparecen planteos relacionados con el tiempo en donde no existe otro tiempo que el de la enunciación y que cada texto esta escrito aquí y ahora eternamente.

El texto es un tejido de signos provenientes de la cultura, constituido por un espacio de múltiples dimensiones donde se mezclan las escrituras. Se renuncia a la simpleza de concebirlo como eslabones encadenados de palabras con un sentido único y significado evidente. Aparecen en cambio nudos y matices diversos en diferentes niveles que instauran sentido sin cesar pero que luego lo evaporan. Finalmente, la unidad del texto se da en un destinatario impersonal que no es otro que el lector.

Es indispensable señalar los límites del lenguaje que nuestro derecho codificado ignora para poder desterrar esa ingenuidad de querer aplicar el derecho avalorativamente de forma independiente e imparcial a través de una impracticable asepsia ideológica pretendidamente ajena a ideas religiosas y políticas. Respecto a esto Duncan Kennedy va a decir que los jueces son forzados a actuar como hipócritas y básicamente hay dos razones para que se niegue la ideología en las decisiones judiciales. La primera es que aceptarlo provocaría angustia causada por reconocimiento de la importancia de los jueces en el sistema político. Y la segunda es porque esa creencia de ausencia de ideología satisface una agradable fantasía del ideal de justicia.

La interpretación es inevitablemente problemática y cobra especial relevancia en el derecho ya que los operadores utilizan el lenguaje partiendo de la base de una fe irracional en las palabras que les fue inculcada desde la formación profesional académica. El derecho tiene ciertas características por estar estructurado en el lenguaje y esas características se trasladan a las palabras y potencian las disputas de sentido al combinarse formando frases, párrafos, textos y códigos. A veces una imagen puede expresar mejor una idea compleja y contener más metáforas que un texto, aunque este último puede implicar una actividad mas creativa del lector.

En definitiva, el derecho es una imagen dual de naturaleza abierta con gran elasticidad para la interpretación que no puede ser subsanada por más cuidadosa que sea la selección de palabras que utilicemos. Eso ocurre porque el lenguaje mismo tiene de por si vicios o notas distintivas tales como la textura abierta, ambigüedad, vaguedad y carga emotiva. No se puede ser preciso con las palabras porque son demasiado limitadas para expresar lo que pensamos y lo que sentimos. De modo que “hablar es una invitación al malentendido”, lo que queremos decir, lo que creemos que dijimos y lo que llega a nuestros interlocutores difiere inevitablemente como un problema que según Confucio no sería problema porque no tiene solución.

Los abogados luchan por apropiarse del sentido de las palabras en distintos contextos y con variados intereses. Esto lo podemos ver en las dificultades para definir el valor justicia, el delito, el buen hombre de familia, la moral pública y el orden, comienzo de la vida, etc. Las palabras adquieren nuevos significados y están acompañadas de connotaciones positivas o negativas que pesan sobre ellas como carga emotiva. La ambigüedad y vaguedad hacen que el lenguaje sea algo así como un límite móvil asemejable a una orilla que se mueve constantemente. En la comunicación ocurre un proceso complejo donde el lenguaje es un puente artificial, poroso e imperfecto.






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